jueves, 18 de julio de 2019

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Demandan a banco francés por Ley Helms-Burton contra Cuba
El banco francés Société Générale S.A. (SocGen) enfrenta hoy una demanda en Estados Unidos bajo el Título III de la Ley Helms-Burton contra Cuba, activado como parte de la creciente hostilidad de Washington hacia la isla.
De acuerdo con el sitio de noticias legales Law360, herederos de un banco que fue nacionalizado por el Gobierno del país caribeño en 1960, después del triunfo de la Revolución el 1 de enero de 1959, dijeron este miércoles en una corte federal de Miami, Florida, que la entidad gala ignoró el bloqueo norteamericano contra Cuba.
La queja, presentada por 14 nietos de Carlos y Pura Núñez, quienes una vez fueron dueños de Banco Núñez, alega que SocGen violó el Título III al presuntamente «traficar» con propiedad nacionalizada cuando realizó negocios con el Banco Nacional de Cuba (BNC), indicó el portal.
A su vez, la agencia de noticias Reuters reportó que los reclamantes exigen al banco francés un pago de aproximadamente 792 millones de dólares, con el argumento de que generó cientos de millones de dólares en honorarios al prestar dinero y procesar transacciones para el BNC desde 2000 hasta 2010.
Los abogados de los demandantes, de la firma Kozyak Tropin & Throckmorton, basaron esa elevada suma en el valor de 7,8 millones que, según afirman, tenía el Banco Nuñez, y en un seis por ciento de interés anual, así como en el texto de la Helms-Burton, que permite presentar reclamaciones por el triple del valor de la propiedad nacionalizada.
En noviembre pasado, SocGen acordó pagar mil 340 millones de dólares a varias entidades estadounidenses por la presunta violación de sanciones impuestas por el Gobierno norteamericano contra Cuba, Irán, Sudán y Libia.
La Helms-Burton, aprobada por el Congreso federal en 1996, codifica el bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Washington hace casi 60 años contra la nación antillana.
Pese a su entrada en vigor en ese momento, todas las administraciones anteriores a la de Donald Trump suspendieron la aplicación del Título III de la normativa, el cual permite a nacionales estadounidenses demandar a quienes «trafiquen» con «propiedades norteamericanas» en Cuba.
A través de tal mecanismo se puede promover una acción en las cortes estadounidenses contra personas y entidades, incluso de terceros países, que inviertan en el territorio cubano en propiedades nacionalizadas tras el triunfo de la Revolución.
En lo que es visto como una contradicción con el derecho internacional, ese acápite otorga autoridad de reclamantes a cubanoamericanos que eran ciudadanos cubanos en el momento en que las propiedades fueron nacionalizadas.
Numerosas voces dentro y fuera de Estados Unidos han condenado esa acción de recrudecimiento del bloqueo económico, que está dirigida fundamentalmente
a privar al país caribeño de inversión extranjera.

(Con información de Prensa Latina)

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