El pueblo cubano debatirá la reforma a la Constitución
Informe especial a los lectores de Resumen Latinoamericano y los amigos de Cuba Socialista sobre la propuesta de Reforma a la Constitución cubana.
Graciela Ramírez, Corresponsalía Resumen Latinoamericano Cuba
Santiago de Cuba, 24 de julio de 2018
A penas concluyeron los debates sobre la Reforma a la Constitución cubana, los diarios Clarín, El País, Nuevo Mundo y El Comercio de Perú, entre otros, comenzaron una campaña mediática para crear confusión en las filas de la izquierda y sectores progresistas, omitiendo de ex profeso el contenido verdadero de lo que se está discutiendo en relación a la Constitución y sin mencionar lo que significa para América Latina y los países del tercer mundo haber llegado invictos a celebrar el 65 aniversario del Asalto a los Cuarteles Moncada y Carlos Manuel de Céspedes.
Se hace necesario, una vez más, que tomemos conocimiento de la verdad y nos alejemos de la lectura superficial para poder contrastar el asedio mediático que seguramente seguirá.
Para que pueda entenderse con mayor claridad intentaré exponerlo a través de las preguntas que en estos días llegan desde el exterior a nuestra Corresponsalía tanto de medios contrainformación como de amigos de Cuba Socialista.
Cómo ha sido la discusión del Anteproyecto?
En intensas sesiones de profundo análisis y discusión más de 600 parlamentarios cubanos – de los cuales la mayoría son mujeres- debatieron del 20 al 22 de julio el Anteproyecto de Reforma a la Constitución de la República de Cuba, documento que fue elaborado por la Comisión Parlamentaria creada a esos efectos presidida por Raúl Castro. Resultó así aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) – el Congreso – el Proyecto que se elevará al pueblo para su debate y enriquecimiento.
La consulta popular tendrá lugar en todos los centros de trabajo y estudio, en el campo, las montañas y las sierras, en cada municipio y en cada barrio de todo el país del 13 de agosto al 15 de noviembre del corriente año.
Atendiendo a las propuestas que emanen del pueblo, se redactará la versión final que volverá a someterse a la aprobación de la ANPP, luego de lo cual se llevará a referéndum.
El texto se compone del Preámbulo, 224 Artículos (87 más que la actual Constitución), divididos en 11 títulos, 24 capítulos y 16 sesiones. De la actual Constitución se mantienen 11 Artículos, se modifican 113 y se eliminan 13.
Cuáles han sido las referencias obligadas desde lo ideológico y lo conceptual?:
En primer lugar el pensamiento político de Fidel, líder histórico de la Revolución cubana. Los discursos y orientaciones de Raúl; la Conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo Socialista; el Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta el 2030: Visión de la Nación, Ejes y Sectores Estratégicos; los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución; los Objetivos del Trabajo del Partido, aprobados en la Primera Conferencia Nacional.
Se consultaron varias Constituciones de América Latina que representan grandes avances constitucionales, entre ellas la de Venezuela, Bolivia y Ecuador. También otros modelos constitucionales de naciones socialistas con sus características específicas como Vietnam y China. También fueron consultados textos constitucionales de otros países.
Se ha estudiado a profundidad la historia constitucional cubana, en particular la Constitución de 1940, la Ley Fundamental de 1959 y la actual Constitución.
Cómo se inició este proceso necesario y transformador?
Año 2012: Durante la Primera Conferencia Nacional del Partido Comunista de Cuba, el 28 de enero de 2012, Raúl Castro señaló:…"dejar atrás el lastre de la vieja mentalidad y forjar con mentalidad transformadora y mucha sensibilidad política la visión hacia el presente y futuro de la Paria, si abandonar, ni por un instante, el legado martiano y la doctrina del marxismo-leninismo que constituyen el principal fundamento ideológico de nuestro proceso revolucionario"
Año 2013-2014: El 13 de mayo de 2013 el Buró Político crea el Grupo de Trabajo presidido por el General de Ejército Raúl Castro Ruz, en correspondencia con las Bases Legislativas aprobadas por ese órgano el 29 de junio de 2014.
Año 2018: Luego del estudio pormenorizado de todos estos años el 2 de junio pasado en la sesión extraordinaria de la ANPP fue aprobada la Comisión encargada de la preparación del Proyecto de Constitución de la República. Los días 2 y 3 de julio se analizó el Anteproyecto de Constitución presentado por la Comisión ante el VII Pleno del Comité Central del Partido Comunista de Cuba.
Qué dice el Proyecto de Reforma Constitucional que se someterá a discusión del pueblo?
El Proyecto reafirma:
- El carácter Socialista del sistema político, económico y social cubano, así como el papel rector del Partido Comunista de Cuba. Es inalterable el principio de propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales y de planificación a lo que se añade el reconocimiento del papel del mercado y de nuevas formas de propiedad no estatal, incluida la privada.
- Desarrolla una amplia gama de derechos de los que Cuba es signataria en organismos internacionales: Derecho a la defensa, el debido proceso, participación popular y se reformulan los económicos y sociales.
- El Derecho de igualdad adquiere mayor desarrollo al precisar entre otros aspectos: la no discriminación por identidad de género, origen étnico o discapacidad.
- Establece la posibilidad de reclamación, restitución, reparación o indemnización por los daños y perjuicios por la acción u omisión de los órganos, directivos, funcionarios o empleados del Estado en el ejercicio indebido de sus funciones.
- En cuanto al Matrimonio, se modifica la actual concepción de que solo es posible "entre un hombre y una mujer" y se define entre dos personas.
- En cuanto a los órganos del Estado: se incorpora la figura del Presidente de la República como Jefe del Estado y la de Primer Ministro a cargo del gobierno de la República. A ambos se les exige como requisitos ser Diputados de la ANPP.
- El Consejo de Estado conserva el carácter de órgano permanente de la ANPP y para mayor interacción el Presidente, Vicepresidente y Secretario de la ANPP lo será de ambas instituciones.
- Destaca entre los órganos del Estado el Consejo Electoral Nacional y se inserta la Controlaría General de la República.
- Se eliminan las asambleas provinciales del Poder Popular y se propone un Gobierno Provincial integrado por el Gobernador y un Consejo a ese nivel.
- Los municipios adquieren mayor relevancia y autonomía. Se ratifica el Consejo de la Administración Municipal como órgano de dirección y se establece el cargo de Intendente en sustitución del Presidente y Jefe que se emplean actualmente.
- Sobre el Sistema Electoral, se mantiene que tienen derecho al voto los cubanos mayores de 16 años edad.
- La Defensa y Seguridad Nacional aparecen en el Título en el que se precisa la misión del Consejo de la Defensa Nacional, cuyas facultades son cumplir tareas desde tiempo de paz, Situaciones de Desastre, y las restantes de carácter excepcional
- Mecanismo de Reforma Constitucional: a diferencia de la actual se precisan los legitimados a promoverlo y se precisan las cláusulas de intangibilidad. (3)
Cuáles son los Fundamentos Políticos?
Se diferencian los fundamentos políticos de los de carácter económico. La definición del Estado cubano como un estado socialista de derecho reafirma el principio de supremacía constitucional e imperio de la ley y refuerza la institucionalidad socialista.
Cuál será el rol del Partido?
El Partido Comunista de Cuba mantiene su rol de fuerza dirigente superior de la sociedad y el Estado, destacándose su carácter democrático y permanente relación con el pueblo.
Precisa que el Estado reconoce y garantiza las formas de asociación de acuerdo a la ley. Lo regulado en cuanto a la relación Estado-Iglesia se mantiene en lo esencial.
Qué significa ser un Estado Socialista de Derecho?
La obligación de las instituciones estatales, desde sus directivos, funcionarios y empleados de atender al pueblo, mantener estrechos vínculos con este y someterse a su control de acuerdo a las formas establecidas en la Constitución y las leyes.
En relación a los fines esenciales del Estado aparecen:
- Fortalecer la unidad nacional
- Preservar la seguridad nacional
- Promover un desarrollo sostenible, que asegure la prosperidad individual y colectiva, y trabajar por alcanzar mayores niveles de equidad y justicia social, así como preservar y multiplicar los logros alcanzados por la Revolución
- Afianzar la ideología y la ética consustanciales a la sociedad socialista
- Proteger el patrimonio natural, histórico y cultural de la nación
Sobre la política exterior de la Revolución cubana:
Se ratificaron los principios de la política exterior y se incorpora:
- La promoción del respeto al derecho internacional y a la multipolaridad en las relaciones entre los Estados
- La condena al imperialismo, el fascismo, el colonialismo y neocolonialismo en cualquiera de sus manifestaciones
- La defensa y protección de los derechos humanos y e repudio a cualquier manifestación de racismo o discriminación
- La promoción del desarme y el rechazo a la proliferación de armas nucleares, exterminio en masa u otras que violan el Derecho Internacional Humanitario
- El repudio y condena a toda forma de terrorismo, en particular el terrorismo de Estado
- La protección y conservación del medio ambiente
- La lucha contra el cambio climático
Fundamentos Económicos:
- Propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción y la dirección planificada de la economía, actualmente previstos en el texto constitucional,
Se añade:
- Reconocimiento de las diversas formas de propiedad, en correspondencia con la Conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo Socialista y los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución.
- Considera y regula el mercado, en los marcos de la planificación económica, bajo el principio de evitar las desigualdades que este genera, en función de los intereses de la sociedad.
Se definen distintos tipos de propiedad que pueden coexistir en la economía:
- Socialista de todo el pueblo; cooperativa, mixta; de las organizaciones políticas, de masas y sociales; privada y personal, reconoce que pueden existir otras, así como que el Estado va a estimular aquellas de carácter más social.
- Prescribe como precepto constitucional, la no concentración de la propiedad en sujetos no estatales como un fundamento del sistema socialista cubano.
- Se mantiene la expropiación forzosa, aunque se precisa que se autoriza únicamente atendiendo a razones de utilidad pública o interés social, y con la debida indemnización y garantías.
Respecto a la propiedad socialista de todo el pueblo: Se enumeran los bienes esenciales que la integran y su carácter inalienable e inembargable, reconoce la existencia de otros con ese carácter, así como define el régimen legal para la transmisión de la propiedad y de otros derechos sobre los mismos.
- Elimina el pronunciamiento de que las empresas solo respondían de sus obligaciones con sus recursos financieros, se mantiene el principio de que el Estado no responde de las obligaciones contraídas por las empresas y estas tampoco responden de las de aquel.
- Define que la empresa estatal es el sujeto principal y le reconoce su autonomía, como principio esencial de su funcionamiento.
- Ratifica que el Estado dirige, regula y controla la actividad económica, así como distingue la planificación como el elemento central del sistema de dirección del desarrollo económico y social, con la función de armonizar la actividad económica en beneficio de la sociedad, conciliando los intereses nacionales, territoriales y de los ciudadanos.
La planificación constituye el elemento central del sistema de dirección del desarrollo económico y social. Asimismo se refiere a la participación de los trabajadores en la dirección, regulación y control de la actividad económica.
- Reconoce que el Estado garantiza la inversión extranjera e incorpora el respeto a la soberanía y el uso racional de los recursos.
- En cuanto a la propiedad privada sobre la tierra se mantiene un régimen especial, en el que la venta o transmisión de este bien solo podrá realizarse con las limitaciones que establece la ley, y sin perjuicio del derecho preferente del Estado a su adquisición mediante el pago de su justo precio.
Se ratifica la prohibición del arrendamiento, la aparcería, los préstamos hipotecarios y cualquier acto que implique gravamen o cesión sobre esta tierra a particulares.
Ciudadanía
- El cambio fundamental se basa en la no admisión de la doble ciudadanía y, en su lugar, plantea el principio de «ciudadanía efectiva», que consiste en que «los ciudadanos cubanos, en el territorio nacional, se rigen por esa condición y no pueden hacer uso de una ciudadanía extranjera».
Derechos, Deberes y Garantías
Concentra los derechos y deberes actualmente dispersos en la Constitución, y se incorporan otros que fortalecen el régimen de garantías a los ciudadanos y el deber del Estado con relación a los mismos.
- Refleja en la nueva formulación los derechos reconocidos en los diferentes convenios y protocolos internacionales en materia de derechos humanos que Cuba ha ratificado, atendiendo a los principios del sistema político cubano y sin quedarse desprotegidos ante acciones contra la Revolución.
- Se establece que los derechos de las personas solo están limitados por los derechos de los demás, la seguridad colectiva, el bienestar general, el respeto al orden público y todas las preceptivas que establezca el ordenamiento jurídico del país.
Sobre la salud pública:
- Ratifica que es un derecho de todas las personas y que el Estado garantiza el acceso y la gratuidad en la atención, protección y recuperación de la salud, y remite a la ley la definición del modo en que los servicios de salud se van a prestar.
Sobre la educación:
- Establece que es gratuita desde preescolar hasta la enseñanza universitaria de pregrado.
Define la educación como laica y un derecho de todas las personas y una responsabilidad del Estado, la sociedad y las familias.
Nuevos derechos en materia de justicia y el debido proceso:
- Habeas Corpus (procedimiento para evitar detenciones arbitrarias); garantías del individuo sujeto a detención o prisión;
- Derecho de los ciudadanos a estar informados; el derecho a conocer la información que sobre su persona conste en archivos o registros públicos; la reinserción social de los sancionados a privación de libertad, etc.
Se destacan los Derechos de las personas:
- Participar en la vida cultural y artística de la nación.
- El trabajo sea remunerado en función a la cantidad, complejidad, calidad y resultados obtenidos.
- Incorpora el derecho de las personas a consumir bienes y servicios de calidad, así como a acceder a información sobre los mismos y a recibir un trato adecuado.
- Se precisan los derechos y deberes cívicos y políticos de los ciudadanos. Establece mecanismos de defensa ante los tribunales de justicia para la salvaguarda de sus derechos.
Principios de la Política Educacional, Cultura y Científica:
- Por su relevancia se mantienen los principios de la política educacional, cultural y científica, significando la importancia de valores éticos, cívicos y revolucionarios en las nuevas generaciones, así como la protección que el Estado brinda a la identidad cultural, conservación del patrimonio y la riqueza artística e histórica de la nación.
Defensa y Seguridad Nacional:
Bajo la concepción estratégica de la Guerra de Todo el Pueblo como doctrina de la Defensa Nacional. Define los principios de la política de Defensa y la Seguridad Nacional del país.
- El Consejo de Defensa Nacional se define como un órgano superior del Estado, con la misión fundamental de organizar, dirigir y preparar, desde tiempo de paz, al país para su defensa, y le incorpora que vela por el cumplimiento de las normativas aprobadas relativas a la defensa y seguridad de la nación, lo que le atribuye permanencia de su actividad para todos los momentos.
- Durante las situaciones excepcionales y de desastre, dirige al país y asume las atribuciones que le corresponden a los órganos del Estado y el Gobierno, con excepción de la facultad constituyente.
- Este órgano estará integrado por el Presidente de la República, que lo preside, quien a su vez designa un Vicepresidente y otros miembros que determine la ley.
Este título también determina que las instituciones armadas del Estado son las Fuerzas Armadas Revolucionarias y las formaciones armadas del Ministerio del Interior, las que para el cumplimiento de sus funciones cuentan con la participación de personal militar y civil.
Reforma a la Constitución:
- Reitera que la Constitución solo puede ser reformada por la Asamblea Nacional del Poder Popular mediante acuerdo adoptado, en votación nominal, por las dos terceras partes de sus integrantes.
- Establece como sujetos con iniciativa para promover reformas a la Constitución: al Presidente de la República, al Consejo de Estado, al Consejo de Ministros, los diputados de la Asamblea Nacional, mediante proposición suscrita por no menos de la tercera parte de sus integrantes y a los ciudadanos, a través de petición dirigida a la Asamblea Nacional del Poder Popular, suscrita ante el Consejo Electoral Nacional, por no menos de 50 000 electores.
- Cuando la reforma se refiera a la integración y atribuciones de la Asamblea Nacional del Poder Popular o el Consejo de Estado, a las atribuciones o al periodo de mandato del Presidente de la República y a los derechos, deberes y garantías consagrados en la Constitución, se requiere, además, la ratificación por el voto favorable de la mayoría de los electores de la nación, en referendo convocado a tales efectos.
Permanece en el texto el principio de:
- No resultará reformable lo relativo a la irrevocabilidad del socialismo y el sistema político, social y económico, así como la prohibición de negociar bajo agresión, amenaza o coerción de una potencia extranjera.
Volveremos a esta información para ampliarla cuantas veces sea necesario, pero es preciso también preguntar ¿Qué país de la tierra discute la Constitución con sus ciudadanos?
Nota: Información tomada del Suplemento Especial de Granma, 23 de Julio de 2018, pág. 2 a 12.
__________ Información de ESET NOD32 Antivirus, versión del motor de detección 17807 (20180731) __________
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